Los trabajadores cuyos empleos requieren trabajar en aguas navegables o en zonas cercanas a ellos – como los puertos y estaciones de barcos, barcazas y transbordadores – reciben una protección especial de las enfermedades y lesiones relacionadas con el trabajo en virtud de la Ley de Compensación para Trabajadores Portuarios Estibadores y. Los abogados de accidentes de trabajo en Ginarte Gonzalez Winograd L.L.P., entender cómo un barco, barcaza o ferry lesión en el trabajo puede afectar a un trabajador y su familia, y estamos aquí para ayudar.
Si usted ha sido lesionado navegando en Nueva York o Nueva Jersey, barcaza, puerto, o accidente de ferry durante el trabajo, o que haya perdido a un ser querido como resultado de uno de estos tipos de accidentes, usted podría tener derecho a una indemnización por sus lesiones o su pérdida. En el bufete de abogados Ginarte, nos aseguramos de que los trabajadores que caen bajo la Ley de Compensación y protección puerto de Trabajadores Estibadores se recuperen de sus lesiones.
Si usted ha sido lesionado en el curso de su empleo que se requiere para trabajar en o cerca de áreas cercanas a las aguas navegables, por favor, póngase en contacto con nosotros para atención inmediata al 1-888-GINARTE (1-888-446-2783), llene nuestro formulario de contacto en línea, o visite una de nuestras ocho oficinas cercanas en Newark, Nueva York, Perth Amboy, Union City, Elizabeth, Clifton, New Brunswick o Queens hoy. Recuerde, no hay ningún cargo para hablar con nuestros abogados especialistas en accidentes, y que cobra honorarios sólo si usted gana su caso!
¿Qué es la Ley de Compensación de Estibadores y Trabajadores Portuarios?
No todas las lesiones caen dentro del ámbito de un sistema de compensación administrados por el estado de los trabajadores. Algunas lesiones de trabajo están cubiertos por las leyes de compensación de los trabajadores federales. La Ley de Compensación de Trabajadores Portuarios y Estibadores (LHWCA) es un ejemplo de una de esas leyes. El LHWCA cubre aproximadamente 500.000 trabajadores que se ganan la vida trabajando en las aguas navegables de los Estados Unidos, o en zonas contiguas a agua, tales como muelles o zonas en las que los vasos se reparan o construyen (varaderos y astilleros).
El LHWCA cubre los estibadores y portuarios, así como los constructores de barcos, desguace de buques, y los talleres de reparación de buques. Ciertos trabajadores están excluidos de los beneficios bajo la LHWCA, como maestros o miembros de la tripulación y cualquier persona que sea un funcionario o empleado de los Estados Unidos o de un gobierno extranjero.
¿Qué beneficios se obtienen con la LHWCA?
Aunque el LHWCA está autorizada bajo la ley federal y administrado por el gobierno federal, los beneficios disponibles para un trabajador lesionado son prácticamente los mismos que están disponibles para un trabajador lesionado en virtud de la mayoría de los sistemas de compensación de los trabajadores estatales. Cuando un trabajador se lesiona en el trabajo, el empleado debe reportar el daño a la Oficina de Programas de Compensación de Trabajadores, o OWCP, completando Primer Informe de Lesión o Enfermedad Ocupacional del empleador. El reclamo será revisado y, si se aprueba, el trabajador lesionado será elegible para los beneficios.
Los gastos médicos asociados con la lesión serán cubiertos por el programa, y el trabajador serán elegibles para el reemplazo de salario a razón de 2/3 de los trabajadores de salario promedio semanal antes de la lesión. Si el trabajador sufre una lesión o enfermedad permanente, él o ella puede tener derecho a beneficios adicionales. En el caso de que un trabajador sufra una lesión o enfermedad fatal, un cónyuge y los hijos menores de edad también puede tener derecho a beneficios.
¿Por qué sería denegada una reclamación LHWCA?
Conseguir una reclamación de beneficios aprobada bajo la LHWCA puede ser un proceso largo y complicado. Las reclamaciones pueden ser negados por una serie de razones con los más comunes son:
- Técnica — Para que una reclamación sea aprobada, las formas apropiadas deben ser llenadas correctamente y presentar dentro de los marcos de tiempo apropiados. Un error en un formulario, o falta de presentación de una forma permisible dentro del marco de tiempo, puede dar lugar a una denegación de beneficios.
- La evidencia de soporte — Una reclamación se puede negar, porque se pidió pruebas de apoyo y no fueron proporcionadas. A veces, la evidencia que necesita un reclamante está en manos de un empleador, y esto puede presentar un problema si el empleador no está cooperando.
- No en el ámbito del empleo — Para que una lesión o enfermedad sea compensable, debe haber ocurrido «en el ámbito del empleo.» Si un empleador afirma que el empleado no estaba «en el ámbito del empleo» en el momento de la lesión o la enfermedad se produjo, entonces la reclamación podría ser denegada.
- Lesiones o enfermedad preexistentes — Un empleador puede reclamar que la lesión o enfermedad, es una lesión o una enfermedad preexistente, lo que significa que el trabajador no sufrió la lesión o contrajo la enfermedad como resultado de su empleo.
Cuando se niega una reclamación, el trabajador tiene el derecho de disputar la decisión. El LHWCA prevea la mediación informal de los créditos impugnados; Sin embargo, un trabajador puede llegar a perder una cantidad considerable de ingresos muy necesarios si el conflicto no se resuelve a través de la mediación. Por esta razón, un trabajador debe consultar con un abogado con experiencia, que está familiarizado con las reglas y procedimientos LHWCA antes de la mediación programada.
Los abogados de Nueva York y Nueva Jersey LHWCA en el bufete de abogados Ginarte entienden las reglas y procedimientos que se relacionan con la presentación de una reclamación bajo la LHWCA. Si usted cree que ha sufrido una lesión relacionada con el trabajo compensable, o enfermedad debe consultar con nuestros abogados con experiencia tan pronto como sea posible. No sólo podemos ayudarle a presentar una reclamación correctamente la primera vez, es posible que también sea capaz de ayudar a usted, incluso si su reclamación ya ha sido denegada.
Con más de 150 años de experiencia combinada, estamos dedicados a proteger los derechos de nuestros clientes en Nueva York y Nueva Jersey. Sólo tiene que llamar al 1-888-GINARTE (1-888-446-2783), los pasos de nuestro formulario de contacto en línea, o visitar una de las ocho oficinas de GINARTE en el área metropolitana de Nueva York / Nueva Jersey hoy. Recuerde, nosotros recibimos pagos sólo si usted gana su caso!